Hay imágenes que deberían
interpelarnos más allá de cualquier debate político. Una niña que llega sola a
la frontera sur de Europa es una de ellas.
Antes de preguntarnos de dónde
viene, cuánto tiempo permanecerá aquí o qué Administración debe hacerse cargo
de ella, deberíamos formular una pregunta mucho más sencilla: ¿qué necesita
esta niña para estar a salvo?
Lo ocurrido este verano en Ceuta
nos obliga a mirar de frente una realidad que no puede reducirse a la gestión
de los flujos migratorios. Cuando hablamos de niñas hablamos de infancia, de
derechos fundamentales y de protección frente a la violencia. Pero hablamos
también de género.
La experiencia migratoria no es
neutra. Ser niña, estar sola, carecer de referentes familiares y encontrarse en
situación de vulnerabilidad puede incrementar el riesgo de sufrir violencia
sexual, trata, explotación, desaparición u otras formas de violencia contra las
mujeres y las niñas.
Aplicar una perspectiva de género
no es una opción ideológica cuando hablamos de protección de la infancia. Es
una exigencia jurídica.
Los hechos conocidos en Ceuta son
especialmente graves. Varias menores migrantes no acompañadas han denunciado
agresiones sexuales tras su llegada a la ciudad y los órganos judiciales
investigan algunos de estos hechos. Detrás de estas cifras hay niñas con
nombre, historia y derechos.
Y hay algo que no deberíamos
olvidar: una niña no deja de ser niña porque haya cruzado una frontera de
manera irregular.
El Derecho tampoco puede
desaparecer en la frontera.
La respuesta del Estado ante una
situación migratoria extraordinaria debe estar sometida a la Constitución, a
los tratados internacionales de derechos humanos y a la normativa de protección
de la infancia. El interés superior del menor no es una declaración retórica.
Es un principio jurídico que debe orientar cualquier decisión que afecte a una
niña o a un niño.
Una menor no puede ser tratada
como una cifra, un expediente administrativo o un problema de gestión. Es
sujeto de derechos.
Y esa condición obliga a las
instituciones: a identificarla, escucharla, conocer sus circunstancias,
detectar posibles situaciones de trata o explotación y garantizar asistencia
jurídica, sanitaria y psicológica adecuada.
Porque existe una diferencia
esencial entre acoger a una niña y protegerla.
La protección no consiste
únicamente en disponer de una plaza. Consiste en garantizar que sea un espacio
seguro, adecuado a sus necesidades y capaz de responder a los riesgos
específicos derivados de su condición de niña.
Canarias tampoco es ajena a esta
realidad.
Las investigaciones conocidas
recientemente sobre redes relacionadas con menores migrantes, junto con las
situaciones de riesgo y desapariciones que afectan a niñas acogidas en recursos
de protección, deberían obligarnos a revisar nuestra idea de lo que significa
estar a salvo.
Llegar a tierra firme no
significa necesariamente haber llegado a un lugar seguro.
Las redes de trata no siempre
necesitan cadenas ni violencia visible. También utilizan la soledad, el miedo,
el engaño, la dependencia o la promesa de una vida mejor. Una niña que no tiene
dónde dormir, a quién acudir o quién la proteja puede convertirse en un
objetivo especialmente vulnerable.
Por eso, la mejor política
contra la trata comienza antes de que aparezca la explotación: comienza con la
protección.
Y proteger exige profesionales
formados, protocolos eficaces, coordinación entre Administraciones y capacidad
para detectar tempranamente indicios de violencia, trata y explotación sexual.
También exige comprender que el
silencio puede ser una forma de supervivencia.
Una niña que ha sufrido una
agresión puede no denunciar inmediatamente. Puede sentir miedo, vergüenza o desconfianza.
Puede no conocer sus derechos o incluso proteger a quien la está dañando. Por
eso, la ausencia de una denuncia inmediata no puede confundirse con la ausencia
de violencia.
La justicia con perspectiva de
género exige comprender estos mecanismos y evitar que los estereotipos sobre
cómo debe comportarse una víctima condicionen su protección.
En este sentido, la respuesta
judicial frente a los casos investigados en Ceuta demuestra también que la
protección de las víctimas y la investigación de los delitos deben avanzar
juntas. Las medidas dirigidas a evitar la revictimización de las menores son
esenciales para garantizar una justicia verdaderamente protectora.
Pero tampoco podemos abordar
estos hechos desde una lógica de criminalización colectiva.
Quien comete una agresión sexual
debe responder ante la justicia. Quien trata o explota a una menor debe
responder ante la justicia. Y una niña migrante, cualquiera que sea su
nacionalidad o situación administrativa, debe ser protegida por el Estado.
Una cosa no excluye la otra.
Las fronteras son necesarias para
cualquier Estado, pero tienen límites jurídicos. El Estado puede controlar sus
fronteras; no puede suspender los derechos fundamentales de quienes se
encuentran bajo su jurisdicción.
Y cuando quienes llegan son niñas
solas, la obligación de protección se intensifica.
Quizá este sea el verdadero
debate que deberíamos mantener. No si debemos elegir entre seguridad y
humanidad, sino qué entendemos realmente por seguridad.
Una sociedad segura no es aquella
en la que una niña consigue atravesar una frontera y después queda expuesta a
nuevos riesgos.
Una sociedad segura es aquella en
la que puede dormir protegida, recibir asistencia jurídica, acceder a atención
sanitaria y psicológica, ser escuchada y contar con profesionales capaces de
detectar si detrás de su silencio existe una historia de violencia o
explotación.
Una sociedad segura es aquella en
la que las instituciones llegan antes que las redes; la protección antes que
la explotación y la prevención antes que el daño.
Ceuta y Canarias nos están
colocando ante una obligación que no podemos eludir.
No basta con gestionar llegadas.
Hay que proteger personas.
No basta con contabilizar
menores. Hay que escuchar niñas.
No basta con abrir recursos. Hay que
garantizar espacios seguros.
Y no basta con proclamar
derechos. Hay que hacerlos efectivos.
Cuando una niña llega sola a
nuestras fronteras, la pregunta no debería ser únicamente qué hacemos con ella.
La pregunta debería ser qué estamos obligados a hacer por ella.
La respuesta está en el Derecho,
en la protección de la infancia, en la igualdad y en la prevención de la
violencia contra las mujeres y las niñas.
Una niña no tiene que demostrar
que merece ser protegida.
Es el Estado quien tiene que
demostrar que sabe protegerla.
Porque la frontera no termina
cuando una persona pisa tierra firme. La verdadera prueba comienza después:
cuando tenemos delante a una niña vulnerable y debemos decidir si nuestras
instituciones serán capaces de verla, escucharla y protegerla.
Ser niña en la frontera sur no
debería significar estar más cerca de la explotación que de la protección.
Protegerlas no es caridad. No es
una opción política.
Es una obligación jurídica. Y
también una obligación humana.
Palmira Déniz Verona es
secretaria de Igualdad, Feminismo y Diversidad de Nueva Canarias Telde.