"Me he sentido una víctima y perseguida sin haber tenido jamás problema con esa trabajadora" sostiene la alcaldesa sobre el fallo judicial avanzado por TELDEACTUALIDAD
TELDEACTUALIDAD
Telde.- La alcaldesa de Telde, Mari Carmen Castellano, se ha mostrado satisfecha ante el fallo judicial, avanzado por TELDEACTUALIDAD, que desestima la demanda presentada por acoso laboral contra ella por una trabajadora municipal. La primera edila asegura que “yo sí que me he sentido una víctima. He sufrido una auténtica campaña de desprestigio, me he sentido perseguida sin haber tenido jamás ningún tipo de problema con esta trabajadora”.
Así se manifiesta la primera autoridad municipal al pronunciarse sobre la sentencia del Juzgado de lo Social número 7 de Las Palmas de Gran Canaria que ha desestimado la demanda interpuesta por vulneración de los derechos fundamentales por la trabajadora laboral María Isabel Castro Melián contra el Ayuntamiento de Telde y su alcaldesa, María del Carmen Castellano, absolviendo a los demandados de las solicitudes de la empleada municipal.
La sentencia, contra la que cabe formular recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de cinco días hábiles, determina que no se han aportado pruebas de acoso u hostigamiento.
El fallo expone que los hechos controvertidos del presente proceso están constituidos de forma exclusiva por dos, la determinación de si se ha producido una situación de acoso laboral provocado por las partes demandadas y dirigido a la demandante con la correspondiente indemnización del daño moral, en su caso, y de si puede existir vulneración de derechos fundamentales.
La resolución asegura que “en atención a la gravedad del hecho imputado no puede constituir este único hecho del traslado indicio suficiente del que derivar la posible existencia de un acoso laboral”. Asimismo, continúa la sentencia, “en cuanto al sujeto responsable del acoso, la demandante entiende que dos personas son las instigadoras de dicha situación sin alegar causa alguna para fundamentar dicha consideración” pero sin embargo sólo a la alcaldesa se amplía posteriormente la demanda.
Por último, afirma que “ni siquiera se alegan hechos o conductas de personas determinadas que pudiesen suponer una situación de acoso” y tampoco “aprecia indicio alguno, ni siquiera de forma indiciaria, que dé a entender que existe un nexo causal entre el trastorno que manifiesta padecer y una situación de acoso laboral”.
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