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7 de abr. (hace 1 día)
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Legalidad tabaibera…
- la tabaiba amarga, no está protegida
- la tabaiba amarga se puede cortar
- no se puede cortar la tabaiba amarga, si con ello, usted pretende cambiar el uso del terreno, por ejemplo si usted quiere transformar su terreno agrícola (donde tiene las tabaibas), y hacerlo urbanizable, ¡ni se atreva, por más que sean amargas! Amarguras las que le van a caer después.
- tampoco puede arrancar tabaibas amargas, si lo que pretende es pasar su terreno de pastizal (lleno de tabaibas) a forestal (plantar flores, no; sino árboles frutales o pinos).
- sí puede arrancar tabaibas amargas, con toda confianza y tranquilidad, si lo que quiere conseguir es que su terreno lleno de tabaibas, pase a ser agrícola.
- lo mismo de arriba (o anterior), si lo que usted quiere conseguir es un mejor pasto (aunque ni sea pastor, ni tenga ovejas).
Y toda vez que uno no pretende confundir a nadie, queda meridianamente claro, que si se trata de tabaibas dulces (averígüelo antes); ésta sí tiene protección, al pertenecer a un ecosistema propio, como es el de formar parte o pertenecer a un tabaibal. ¿Me explico? Pues, quede constancia, que no pretendo ni quiero confundir a nadie, y no es justo, la pobre tabaiba dulce, sea vilipendiada, cual si amarga fuera.
El Padre Báez.
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