· El grancanario, natural de Guía, recibirá la alta distinción en un acto
oficial que se celebrará el jueves 25 de febrero en el propio Ministerio
· Profesional de dilatada trayectoria, García fue jefe de
protocolo del Ayuntamiento de Las Palmas de GC, del Cabildo de Gran Canaria,
del Gobierno de Canarias, y del
Ayuntamiento de Telde, dejando en todas partes su impronta de diligencia,
amabilidad, cortesía y buen hacer
Un hijo de Gran Canaria será distinguido el próximo jueves,
25 de febrero, con uno de los más altos galardones a los que puede aspirar un
español: la Orden al Mérito Civil. Se trata de Ángel García Jiménez, quien
actualmente ejerce la responsabilidad del área de protocolo en el Ministerio de
Industria, Energía y Turismo, a donde fue reclamado por su titular, José Manuel
Soria, nada más acceder al cargo.
García Jiménez recibirá tan alta
distinción en acto oficial que se celebrará este jueves, 25 de febrero, en el
Ministerio de Industria, que tiene su sede en el Paseo de La Castellana 160, 2ª
planta, a las 11:30 horas.
Será el canciller de la Orden, José Manuel García-Margallo, ministro de Asuntos Exteriores, y el propio ministro de Industria, José Manuel Soria, quienes impongan la condecoración.
Ángel García Jiménez es un reconocido profesional con una
sólida formación en Protocolo, que ha ejercido en diferentes administraciones
públicas de Canarias y, finalmente, de España. Ya ostentó esta responsabilidad
en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en el Cabildo de Gran
Canaria, en el Gobierno de Canarias, y en el Ayuntamiento de Telde. En todos
estos casos dejó señas de su profesionalidad, amabilidad, cortesía y buen
hacer.
Esta alta distinción del Estado no viene más que a corroborar
la calidad y rigor del trabajo de este grancanario, que aborda su delicada
tarea con gran entrega y dedicación.
La
Orden del Mérito Civil fue instituida por el Rey Don Alfonso XIII, por Real
Decreto de 25 de junio de 192. Tiene por objeto
premiar los méritos de carácter civil adquiridos por el personal dependiente de
alguna de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito de la Ley 30/92,
o por personas ajenas a la Administración que presten o hayan prestado
relevantes servicios al Estado, con trabajos extraordinarios, provechosas
iniciativas o con constancia ejemplar en el cumplimiento de sus deberes.
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